En Castellet y Gornal á catorce de Marzo de mil novecientos veinte; Reunidos los Señores Concejales que al margen van anotados, en esta Casa Consistorial y en sesion ordinaria bajo la presidencia del Señor Alcalde Don. Joaquin Lluch Navarro.
Abierta la sesion y leida el acta de la anterior fué aprobada.
Dióse cuenta de las disposiciones insertas en los Boletines Oficiales.
A propuesta del Concejal Señor. Calaf y en atencion al hecho de haber fallecido uno de los hijos
Al marge
Rosell
gemelos de la Viuda de Don. Pedro Arans Nin, se acuerda modificar el socorro que venia pasandole el Ayuntamiento de 6 reales diarios, dejándolo rebajado desde el 16 de Febrero último hasta el 15 de Junio próximo á 25 pesetas mensuales.
Atendiendo á la desgracia sufrida en la familia de este Término conocida con el renombre de Can Baldiri de Torrelletas, se acuerda agregar á la lista de pobres de solemnidad para los efectos de la beneficencia municipal á la Abuela Maria Mestre Vidal y al nieto de esta José Pujol Mateu.
A propuesta de la presidencia, el Ayuntamiento por unanimidad Acuerda: Aceptar el ofrecimiento verbal hecho por el vecino Don. Juan Rosell Navarro de permitir sea rebajada la pared-baranda del terrado situado en la parte trasera del Edificio Escuelas de Gornal que linda con el Corral de propiedad de dicho vecino, hasta dejarla á la medida de 4 ó 5 palmos de altura desde el suelo del terrado comprometiendose el Ayuntamiento á volverla subir, á sus costas, á la propia altura que tiene actualmente de un metro treinta y cuatro centimetros, siempre que para ello sea requerido verbalmente ó por escrito por el repetido Juan Rosell y dentro de los treinta dias de haber recibido el requerimiento; y que se comunique este acuerdo al interesado.
Dada lectura por el infrascrito Secretario por orden del Señor. Presidente de las Condiciones bajo las cuales la Compañía Riegos y Fuerzas del Ebro S. A. instalaria el alumbrado público en el lugar de Gornal de este término, el Ayuntamiento por unanimidad acuerda proponer las siguientes
modificaciones en las mismas:
La condicion 9.ª que el precio del flúido sea de 0'70 pesetas por Kilowat-hora sea cual fuere el número de estos que se consuman mensualmente.
La Condicion 11.ª que en vez de las 12 pesetas mensuales para las reparaciones de la linea, vayan estas á cargo del Ayuntamiento cuando deban practicarse.
Y la condicion 15.ª que el flúido que se consume en los Establecimientos públicos del Ayuntamiento se pague á 0'70 pesetas Kilowat-hora sea cual fuere el número de estos que se consuman mensualmente.
Y autorizar al Señor. Alcalde para que se dirija á la espresada Compañía en el sentido acordado.
Y sin otros asuntos levantose la sesion.
signaturaJoaquin Lluch
signaturaJosé Carbó
signaturaJusto Navarro
signaturaJuan Calaf
signaturaJosé Pujol
signaturaCelestino Rosell
signaturaJosé Mestre
signaturaAndrés Urgell