En Castellet y Gornal a veinticinco de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis. Reunidos los señores anotados al margen, previa la oportuna convocatoria llevada al efecto con la anticipación reglamentaria, para celebrar sesión pública extraordinaria,
dió comienzo a las dieciocho horas, bajo la presidencia del Señor. Alcalde Don Heraldo Ribas Montaner, con lectura del acta de la sesión anterior, que fué aprobada sin objección.
Acto seguido la Presidencia manifiesta que el único objeto de la sesión, conforme consta en la papeleta de la convocatoria, es de imponerse y en su caso aprobar, el convenio a celebrar con la Excma. Diputación Provincial, sobre concesión de una ayuda financiera de NOVENTA MIL pesetas a través de la Caja de Cooperación Provincial y con destino a elevación, depósito y distribución en fuentes públicas del agua del pozo "Font Alsina" y con destino al caserío de Castellet.
Con el fin de que los Señores. Concejales puedan percatarse del proyecto de convenio que presenta el Organismo Provincial, ha sido leído, a viva voz por el Señor. Secretario actuante.
Después de una concienzuda deliberación, y encontrando conforme las condiciones que constan en el referido proyecto, ha sido aprobado por unanimidad, aceptándolo en todas sus partes y a los efectos legales, con el quórum superior señalado para estos acuerdos, por el artículo 303 de la Ley de Régimen Local.
En su virtud el convenio que se acepta mediante este acuerdo, se transcribe a continuación:
"Proyecto de condiciones del convenio de la Diputación Provincial con el Ayuntamiento de Castellet y Gornal, sobre concesión de ayuda financiera a través de la Caja de Cooperación Provincial.
Primera.- La Diputación Provincial de Barcelona concederá al Municipio de Castellet y Gornal, con cargo a los fondos de la Caja de Cooperación y con destino a elevación, depósito y distribución en fuentes públicas del agua del pozo de "Font Alsina", y con destino al caserío de Castellet, una ayuda financiera, sin interés, de importe 90.000'- pesetas a
reintegrar a los fondos de la Caja dentro del plazo de diez años en anualidades de 9.000'- pesetas cada una a partir del año 1968 y hasta 1977 inclusives.
Segunda.- El Ayuntamiento de Castellet y Gornal, deberá comprometerse, mediante acuerdo adoptado con el "quorum" que señala el artículo 303 de la Ley de Régimen Local, comunicado, mediante certificación expedida y visada en forma, al Servicio de Cooperación provincial para su unión al correspondiente expediente: a) a dar plena conformidad a la concesión de la ayuda financiera otorgada por la Diputación: b) a destinar el importe de dicha ayuda a elevación, depósito y distribución en fuentes públicas del agua del pozo "Font Alsina"; y con destino al caserío de Castellet. c) a reintegrar a los fondos de la Caja de Cooperación provincial el importe de la ayuda financiera en diez anualidades de 9.000'- pesetas cada una en los años 1968 a 1977 inclusives, ingresando las correspondientes cantidades dentro del primer semestre de cada año, en la Depositaría de Fondos provinciales: d) a afectar expresamente, al cumplimiento de la expresada obligación de reintegro del importe de la ayuda financiera, los rendimientos que al Municipio produzcan el arbitrio municipal sobre riqueza rústica y pecuaria y la participación municipal en el arbitrio sobre la riqueza provincial; e) a consignar en el Estado de Gastos de los Presupuestos municipales ordinarios de los años 1968 a 1977 inclusives, las partidas correspondientes para el abono a la Diputación del importe de las anualidades para el reintegro de la suma concedida en concepto de ayuda financiera; y f) a facultar al Alcalde-Presidente para la firma del documento administrativo contensivo de las condiciones del convenio.
Tercera.- El Ayuntamiento de Castellet y Gornal podrá anticipar, total o parcialmente, la devolución
o reintegro de la ayuda financiera concedida.
Cuarta.- La Administración provincial podrá examinar y comprobar, por medio de sus funcionarios, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Ayuntamiento de Castellet y Gornal.
Asimismo, por unanimidad, se acuerda facultar al Señor Alcalde Presidente Don. Heraldo Ribas Montaner para que en nombre y representación de este Ayuntamiento suscriba el precedente contrato o convenio si así lo interesa la Excma. Diputación Provincial de Barcelona y cuantos documentos se refieren a la operación con la Caja de Cooperación Provincial.
Al propio tiempo se acuerda igualmente, con la totalidad de votos favorables de los Señores. asistentes a esta sesión, satisfacer, a partir de la fecha, que en derecho corresponda, la cantidad destinada a la amortización de la ayuda financiera.
Y siendo este el único objeto que promovió la sesión, se levanta a las diecinueve horas del mismo día de su apertura, firmando el acta los señores asistentes, de que yo, el Secretario, certifico.
signaturaHeraldo Ribas
signaturaRaspall
signaturaJuan Ferré
signaturaJuan Marcillas
signaturaJuan Sevé
signaturaJuan Guxens
signaturaJuan Pujol
signatura