En Castellet y Gornal á cuatro de Abril de mil novecientos veinte; Reunidos en esta Casa Consistorial los Señores Concejales, cuyos nombres al margen se anotan, en sesion ordinaria bajo la presidencia del Señor. Alcalde Don. Celestino Rosell. Abierta la sesion y leida el acta de la anterior fué aprobada.
Dióse cuenta de las disposiciones insertas en los Boletines oficiales.
Acto seguido se procedió á cumplimentar lo que dispone el articulo 60 de la vigente ley municipal, y á propuesta de la presidencia el Ayuntamiento acordó: Fijar en tres las Comisiones permanentes en que ha de dividirse la Corporacion municipal y que estas sean: 1.ª Fomento, 2.ª Gobernacion y 3.ª Hacienda. Acordose asimismo que cada una de dichas Comisiones se componga de tres Vocales, en cuya virtud y dando cumplimiento á lo dispuesto en el último precepto del mencionado articulo 60, se procedió á la eleccion de los mismos en votaciones secretas y por papeletas quedando constituidas en virtud del resultado de los escrutinios, en la forma siguiente:
Comision de Fomento
Presidente Don. Celestino Rosell Font, Alcalde
Vocales Don. José Guxens? Jaumá? y Don. Pablo Urgell Cuatrecasas
Comision de Gobernacion
Presidente Don. Juan Arans Nin, 1.er Teniente de Alcalde
Vocales Don. Justo Navarro Carbó y Don. José Carbó Sole
Comision de Hacienda
Presidente Don. José Mestre Pujol, 2.º Teniente de Alcalde
Vocales Don. José Urpí Inglada, y Don. José Pujol Pascual
Seguidamente se acuerda por unanimidad ratificar la designacion de los Señores Don. Justo Navarro Carbó y Don. José Mestre Pujol para Vocales de la Junta local de primera enseñanza de este pueblo en Concepto de Concejales cuyo cargo venian desempeñando desde la constitucion del anterior Ayuntamiento.
Y sin otros asuntos se levantó la sesion.
signaturaCelestino Rosell
signaturaJusto Navarro
signaturaJuan Arans
signaturaJosé Carbó
signaturaJosé Urpí
signaturaJosé Guxens