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Ordinària 1943-12-22-O · dimecres · p. 1–3

22 de desembre de 1943

Resum

Per posar fi a la confusió de correspondència amb Sant Vicenç de Castellet, del Bages, s'acorda per unanimitat canviar el nom del municipi de Castellet pel de Castellet i la Gornal, seguint el decret del 25 de març de 1938 en lloc del referèndum, amb informació pública de quinze dies i remissió de l'expedient al Ministeri de la Governació.

President
Pedro Montané Marrugat · alcalde-president de la Comissió gestora provisional
Secretari
Jaime Lluch Angelet
Assistents (5)
Pedro Montané MarrugatJuan Urgell SansJosé Font NavarroRamon Pich ExpósitoJosé Solé Ventura
Temes
terme municipalpolítica
Llocs
Sant Vicenç de Castellet · fora del termeCastellet · Castellet i la GornalLa Gornal · Castellet i la Gornal

Transcripció

Llegenda de marques
Al marge

Presidente: P. Montané M. Gestores: J. Urgell S. J. Font N. R. Pich E. J. Soler V. Secretario J. Lluch A.

Al marge

Acuerdo del cambio de nombre del Municipio.

En el pueblo de Castellet, a veinte y dos de Diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, reunidos en la Sala Capitular de este Ayuntamiento los Señores Dones. Pedro Montané Marrugat, Alcalde; Don Juan Urgell Sanz; Don José Font Navarro, Don José Soler Ventura y Don Ramón Pich Expósito; siendo la hora de las diez, señalada para celebrar sesión pública ordinaria, dá principio el acto con la lectura del acta de la reunión anterior, leída por el infrascrito Secretario, que es aprobada sin objección y por unanimidad.
El Señor Secretario, previa la venia del Señor Alcalde Presidente dá lectura del despacho ordinario, pasándose seguidamente a la orden del día.
Inmediatamente la Presidencia manifiesta que el asunto que se va a estudiar, discutir y aprobar, tiene suma importancia para el Organismo municipal, entidades públicas y privadas y población en general.
Es de dominio público que continuamente llegan a este término municipal cartas, comunicaciones e incluso telegramas un tanto retrasados por el confusionismo de la denominación del término municipal con el de San Vicente de Castellet, del partido judicial de Manresa, provocando con ello mas de una amonestación oficial y con grave perjuicio para el comercio, agricultura, y población en general.
La propia Presidencia manifiesta que requerido el Ayuntamiento de San Vicente de Castellet, éste ha librado certificación donde hace constar los extremos expuestos, y que una vez leída, se une al espediente general que se incoa.
Es obligación, ya que a ella compete, según el artículo 15 de la vigente Ley Municipal, que esta Corporación resuelva este trastorno en su vida

pública y privada, procurando no perder el nombre tradicional de la población, convirtiendo en denominación oficial la que vulgarmente ha acogido la propia población, añadiendo después del nombre de Castellet el de Gornal, formando, entre ambos, la denominación futura.
Seguidamente es leído por el infrascrito Secretario, que lo hace a viva voz por ruego de la Presidencia el Dictamen que sobre este asunto ha emitido la comisión de Gobernación de este Ayuntamiento. Leído que fué, todos los Señores asistentes acuerdan aprobarlo por unanimidad y sin objeción, previo recuento por el Señor Secretario del número de los Señores Concejales concurrentes a esta sesión que son todos los que forman el Consistorio, quórum superior a las dos terceras partes de los asistentes y mas de las cuatro quintas partes de los elementos que integran de derecho el Ayuntamiento, de conformidad al Decreto de veinticinco de marzo de mil novecientos treinta y ocho.
Primero = Modificar el nombre de este municipio de Castellet por el de Castellet y Gornal, de conformidad a la facultad que concede a los Organismos Públicos de Régimen Local el artículo decimoquinto de la vigente Ley Municipal de 31 de Octubre de 1935.
Segundo = Que el trámite de referendum que señala el referido artículo, sea sustituido siguiendo el procedimiento que fija el Decreto de 25 de Marzo de 1938.
Tercero = Que se publique un extracto de los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la provincia, y se abra una información pública durante el término de quince días naturales a partir de su publicación para que concurran, si así lo desean, las personas naturales

o jurídicas que determina el artículo tercero del citado Decreto de 25 de mayo de 1938.
Cuarto = Terminado el plazo señalado, el Ayuntamiento, y en su nombre el Señor Alcalde, remitirá el expediente al Excmo. Señor Ministro de la Gobernación, por conducto del Excmo. Señor Gobernador Civil de la Provincia, previos los informes que éste juzgue oportunos solicitando al propio tiempo la aprobación del cambio de nombre acordado.
Y no habiendo otros asuntos de que tratar, se levanta la sesión, de la que yo, el Secretario, certifico, y firman conmigo la presente acta Don Pedro Montané Marrugat, Alcalde, Don Juan Urgell Sanz, Don José Font Navarro, Don José Soler Ventura y Don Ramón Pich Expósito, Concejales.
segell
signaturaPedro Montané
signaturaJuan Urgell
signaturaJosé Solé
signaturaJosé Font
signaturaRamón Pich
signaturaJaime Lluch

Font i citació

Arxiu
Arxiu Municipal Digital, Diputació de Barcelona
Fons
Ajuntament de Castellet i la Gornal. Actes del Ple de la corporació local
Document
1943-12-22 Acta-O.pdf
Pàgines
p. 1–3
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«Sessió ordinària del 22 de desembre de 1943». Ajuntament de Castellet i la Gornal. Actes del Ple de la corporació local, doc. 1943-12-22 Acta-O.pdf, p. 1–3. Arxiu Municipal Digital, Diputació de Barcelona. Transcripció a Història de Castellet i la Gornal, https://historiadecastelletilagornal.cat/actes/1943-12-22-O/