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Concejales que no afecta la renovación Sebastian Figueras Balada Francisco J. Mañé Mañé José Vila Tort Concejales que cesan José Badell Raventós Jacinto Romeu Farré José Ventura Morató Concejales elegidos Pedro Casañas Soler Andrés Guxens Navarro José Urpí Ferré
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En la Casa Consistorial de Castellet y Gornal a dos de Febrero de mil novecientos cincuenta y ocho, y siendo las once horas y bajo la presidencia del Señor. Alcalde Don. José Soler Rosell asistido del infrascrito Secretario concurrieron previa citación en forma, los Concejales a quienes no ha afectado la renovación última, los que deben cesar y los elegidos para sustituirles, proclamados Concejales en las últimas elecciones municipales convocadas por Decreto de 18 de octubre último, todos los cuales al margen se espresan, con objeto de celebrar la presente sesión publica extraordinaria de constitución de la nueva Corporación municipal.
Declarada abierta la sesión por el Señor. Alcalde, se dió lectura al acta de la anterior, la cual fué aprobada por los Concejales que han venido integrando hasta el presente la Corporación municipal. Terminado lo cual, y en virtud del artículo 84 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen juridico de las Corporaciones Locales, y de conformidad con lo acordado en la sesión estraordinaria de 1º. de noviembre último sobre determinación de vacantes de Concejales, el Señor Alcalde declaró que cesaban en sus cargos aquellos Concejales a quienes ha afectado la renovación, a todos los cuales agradece su colaboración y los servicios prestados a favor del Municipio, complaciéndose en dirigirles un cordial saludo de despedida. Los Concejales salientes despues de corresponder a las palabras del Alcalde, abandonan el salón
Seguidamente el infrascrito Secretario, de orden del Señor. Alcalde, dió lectura a las disposiciones aplicables a la constitución de nuevos Ayuntamientos, entre ellas las contenidas en el Capitulo IV del Libro I de la vigente Ley de Régimen Local y Sección 2ª. del Capitulo II del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen juridico de las Corporaciones locales, todas ellas referentes a este acto, y de acuerdo con el artículo 126 de la citada
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Sesión extraordinaria Constitución Ayuntamiento
Ley de Régimen Local y artículo 84 del espresado Reglamento, dióse lectura por el propio Secretario de los nombres y apellidos de los Concejales electos por cada uno de los grupos representativos de las instituciones familiar, sindical y corporativa, que asisten a esta sesión, quienes comparecen, uno a uno, inmediatamente ante el Señor. Alcalde, e invitados por éste fueron prestando juramento con arreglo a la siguiente fórmula: "Juro como Concejal electo servir fielmente a España, guardar lealtad al Jefe del Estado, obedecer y hacer que se cumplan las leyes, defender y fomentar los intereses del Municipio, mantener su competencia y ajustar mi conducta a la dignidad del cargo", a lo que el Señor. Alcalde contestó a cada uno: "Si así lo hacéis, Dios y España os lo premien, y si no, os lo demanden"
Inmediatamente después de prestado juramento, el Señor. Alcalde declaró que les daba posesión de sus cargos edilicios quedando así constituido provisionalmente este Ayuntamiento
A continuación invitó el Señor. Alcalde a los nuevos Concejales a que espusieran en este acto si les afectaba alguna de las causas de incapacidad incompatibilidad o escusa para el ejercicio del cargo, a tenor de lo prevenido en los artículos 78, 79 y 80 y concordantes de la repetida Ley de Régimen Local y 32 y 45 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen juridico de las Corporaciones locales, a los que dió lectura el Secretario que suscribe, despues de lo cual y dando por resultado que a los reunidos no les afecta causa alguna de incapacidad, incompatibilidad ni hicieron alegación de escusa el Señor. Alcalde en vista de que la totalidad de los concejales que integran esta Corporación no tiene tacha legal alguna para el ejercicio de su cargo, declara cons-
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tituido definitivamente este Ayuntamiento.
Acto seguido el Señor. Alcalde dió cuenta a los reunidos de que, en uso de las atribuciones que le concedan los artículos 66, 67 y 127 de la ley de régimen local y 15, 16, 17 y 88 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen juridico de las Corporaciones locales habia designado para 1.er Teniente de Alcalde al Concejal Don. Sebastian Figueras Balada y para 2º. Teniente Alcalde a Don. Francisco J. Mañé Mañé.
Hechas las anteriores designaciones, pisose a debate la conveniencia de señalar los dias y hora en que habrá de celebrar sus sesiones ordinarias este Ayuntamiento pleno y despues de amplia deliberación por unanimidad se acordó:
Que el Ayuntamiento pleno celebre sus sesiones ordinarias de primer convocatoria el segundo y cuarto miércoles de cada mes y hora de las diecisiete.
Y despues de recibir los señores reunidos, la credencial e insignias propias de sus respectivos cargos de manos del Señor. Alcalde, éste les dirigió un afectuoso saludo prometiéndose de la colaboración y buen celo de todos y de cada uno de ellos, una fructifera labor en beneficio de la Administración municipal
Seguidamente el Alcalde procede a levantar la sesión, siendo la hora de las once treinta minutos.
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El Alcalde
signaturaJosé Soler
El Secretario
signatura