En la Casa Consistorial de Castellet y Gornal a cinco de Febrero de mil novecientos sesenta y siete, y siendo las diez horas y bajo la presidencia del Señor. Alcalde Don. Heraldo Ribas Montaner asistido del infrascrito Secretario concurrieron previa citación en forma, los Concejales a quienes no ha afectado la renovación última, los que deben cesar y los elegidos para sustituirles, proclamados
segell
Concejales en las últimas elecciones municipales convocadas por Decreto nº 2525 de 10 de octubre último, todos los cuales al margen se expresan, con objeto de celebrar la presente sesión pública extraordinaria de constitución de la nueva Corporación municipal.
Al marge
Constitución Ayuntamiento
Declarada abierta la sesión por el Señor. Alcalde, se dio lectura al acta de la anterior, la cual fue aprobada por los Concejales que han venido integrando hasta el presente la Corporación municipal terminado lo cual, y en virtud del artículo 84 del Reglamento de Organización funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones locales, y de conformidad con lo acordado en la sesión extraordinaria de 21 de octubre último sobre determinación de vacantes de Concejales, el señor Alcalde declaró que cesaban en sus cargos aquellos Concejales a quienes ha efectuado la renovación, a todos los cuales agradece su colaboración y los servicios prestados a favor del Municipio, complaciéndose en dirigirles un cordial saludo de despedida. Los Concejales salientes después de corresponder a las palabras del Alcalde, abandonan el salón.
Seguidamente el infrascrito Secretario, de orden del Señor. Alcalde, dio lectura a las disposiciones aplicables a la constitución de nuevos Ayuntamientos, entre ellas las contenidas en el Capítulo IV del Título IV del Libro I de la vigente Ley de Régimen Local y Sección 2ª del Capítulo II del Título I del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones locales, todas ellas referentes a este acto, y de acuerdo con el artículo 126 de la citada Ley de Régimen local y artículo 84 del expresado Reglamento, dióse lectura por el propio Secretario de los nombres y apellidos de los Concejales electos por cada uno de los grupos representativos de las instituciones familiar, sindical y corporativa, que asisten
segell
a esta sesión, quienes comparecen, uno a uno, inmediatamente ante el Señor. Alcalde, e invitados por éste, fueron prestando juramento con arreglo a la siguiente fórmula: «Juro servir a España con absoluta lealtad al Jefe del Estado, estricta fidelidad a los principios básicos del Movimiento Nacional y demás leyes fundamentales del Reino, poniendo el máximo celo y voluntad en el cumplimiento de las obligaciones del cargo de Concejal de este Ayuntamiento, para el que he sido nombrado», a lo que el Señor. Alcalde contestó a cada uno: «Si así lo hacéis, Dios y España os lo premien, y si no, os lo demanden».
Inmediatamente después de prestado juramento, el Señor. Alcalde declaró que les daba posesión de sus cargos edilicios quedando así constituído provisionalmente este Ayuntamiento.
A continuación invitó el Señor. Alcalde a los nuevos Concejales a que se expusieran en este acto si les afectaba alguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o excusa para el ejercicio del cargo, a tenor de lo previsto en los artículos 78, 79 y 80 y concordantes de la repetida Ley de Régimen local y 32 y 45 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones locales, a los que dio lectura el Secretario que suscribe, después de lo cual y dando por resultado que a los reunidos no les afecta causa alguna de incapacidad, incompatibilidad ni hicieron alegación de excusa el Señor. Alcalde en vista de que la totalidad de los Concejales que integran esta Corporación no tienen tacha legal alguna para el ejercicio de su cargo, declara constituido definitivamente este Ayuntamiento, con los siguientes señores:
Don. Juan Farré Güell, para el tercio Familiar cuyo mandato expirará en 1.970.
Don. José Mañé Papiol, para el Tercio Familiar cuyo mandato expirará en 1973.
Don. Juan Sevé Rovirosa, para el tercio Sindical cuyo mandato expirará en 1970.
Don. José Gumá Montané, para el tercio Sindical cuyo mandato expirará en 1973
Don. Luis Raspall Raventós, para el tercio Corporativo cuyo mandato expirará en 1970.
Don. Jaime Vidal Batet, para el tercio Corporativo cuyo mandato expirará en 1973.
Acto seguido el Señor. Alcalde dio cuenta a los reunidos de que, en uso de las atribuciones que le conceden los artículos 66, 67 y 127 de la Ley de Régimen local y 15, 16, 17 y 88 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen de las Corporaciones locales, había designado para 1ª Teniente de Alcalde al Concejal Don. Luis Raspall Raventós.
Hecha la anterior designación, púsose a debate la conveniencia de señalar los día y hora en que habrá de celebrar sus sesiones ordinarias este Ayuntamiento pleno y después de amplia deliberación, por unanimidad se acordó:
Que el Ayuntamiento pleno celebre sus sesiones ordinarias de primera convocatoria el cuarto miércoles de cada mes, a las diecisiete horas.
Acto seguido, para el mejor estudio y preparación de los asuntos que han de someterse a la aprobación del Ayuntamiento Pleno y de la Comisión Municipal Permanente, se acuerda designar las siguientes Comisiones informativas:
Comisión Hacienda: José Mañé Papiol y José Gumá Montané.
Comisión Gobernación: Luis Raspall Raventós y Juan Ferrer Güell.
Comisión Obras Públicas: Juan Sevé Rovirosa y Jaime Vidal Batet.
segell
Y después de recibir los señores reunidos, la credencial e insignias propias de sus respectivos cargos de manos del Señor. Alcalde, éste les dirigió un afectuoso saludo prometiéndose de la colaboración y buen celo de todos y de cada uno de ellos, una fructífera labor en beneficio de la Administración municipal.
Seguidamente el Señor. Alcalde, procede a levantar la sesión, siendo las once horas, de que certifico.
signaturaHeraldo Ribas signaturaRaspall signaturaJuan Sevé signaturaJosé Gumá signaturaJaime Vidal signaturaJosé Mañé