En la Casa Consistorial de Castellet y Gornal a veinticinco de octubre de mil novecientos setenta, siendo la hora de las dieciocho bajo la presidencia del Señor. Alcalde Don. Heraldo Ribas Montané, asistido del infrascrito Secretario, se reunió la Corporación en sesión extraordinaria con el fin de determinar las vacantes existentes hasta esta fecha, en los cargos de Concejal, para su provisión a efectos de las elecciones municipales convocadas por Decreto 2619/1970 de 12 de septiembre. Asistieron los Concejales que al margen se expresan, habiendo faltado los que en el propio margen se relacionan.
Abierta la sesión por el Señor. Alcalde
segell
el infrascrito Secretario dio lectura del Decreto de convocatoria de elecciones y de los artículos 89 de la ley de Régimen local y 40 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones locales, procediéndose a reseñar las vacantes que han de producirse por término del mandato o por haber venido a sustituir a quienes debieran cesar por dicha causa, y hacer constar las vacantes existentes, hasta esta fecha, como consecuencia de excusas, incompatibilidades, incapacidades y pérdidas del cargo de Concejal, acordadas de conformidad con el artículo 382 de la ley de Régimen local.
Por ello se acordó declarar que la renovación y consiguiente elección de Concejales afectará a los siguientes:
Tercio de representación familiar
a) Concejales elegidos en virtud del Decreto 2424/1963 de 23 de septiembre:
Juan Farré Güell
b) Concejales elegidos con posterioridad para cubrir vacantes de quienes correspondería cesar:
ninguno
c) Vacantes existentes, causadas por defunción, excusa, incompatibilidad, incapacidad o pérdida del cargo:
ninguno
Tercio de representación sindical
a) Concejales elegidos en virtud del Decreto 2424/1963 de 23 de septiembre:
Juan Sevé Rovirosa
b) Concejales elegidos con posterioridad para cubrir vacantes de quienes correspondería cesar:
ninguno
segell
c) Vacantes existentes causadas por defunción, excusas, incompatibilidad, incapacidad o pérdida del cargo:
ninguno
Tercio de representación corporativa
a) Concejales elegidos en virtud del Decreto 2424/1963 de 23 de septiembre:
Luis Raspall Raventós
b) Concejales elegidos con posterioridad para cubrir vacantes de quienes correspondería cesar:
ninguno
c) Vacantes existentes causadas por defunción, excusas, incompatibilidad, incapacidad o pérdida del cargo:
ninguno
En consecuencia el número total de Concejales a elegir por cada grupo es el siguiente:
Tercio de representación familiar 1
Tercio de representación sindical 1
Tercio de representación corporativa 1
Y dando por terminado el objeto de la presente sesión, el Señor. Presidente la declaró levantada a las dieciocho treinta horas, extendiéndose la presente acta, que después de leída y hallada conforme, firman los señores concurrentes conmigo, el Secretario.
signaturaHeraldo Ribas signaturaJosé Mañé signaturaJuan Farré signaturaJosé Gumá signaturaJaime Vidal signaturaJuan Sevé signaturaRaspall signaturaSalvador Serrano